La decisión se adoptó, pese al llamado del ministro presidente Juan N. Silva Meza a “no cerrarse” a la posibilidad de que el pleno abandonara una vieja jurisprudencia de la propia Corte, a cual establece que son “agravios inoperantes” (es decir, que no proceden bajo ninguna forma), las demandas en contra de jueces por violación a las garantías individuales.
Comento: Vaya, vaya, si un ciudadano no cumple sus obligaciones se le sanciona, por ejemplo, si no presenta una declaración de impuestos se le sanciona con multa, los jueces si no cumplen sus obligaciones no se les sanciona, cuando la SCJN tiene la oportunidad de HACER JUSTICIA, termina por cerrar la posibilidad a ello y que sigan impunes jueces que no cumplen sus obligaciones. En fin, y pensar en los sueldazos multimillonarios con los que se despachan con la cuchara grande los ministros de la SCJN para terminar, resolviendo que jueces que no cumplen sus obligaciones queden impunes. ¿De que sirve que que algo sea obligatorio, si a la mera hora no hay sanción a quien no lo cumpla?. Ya que.
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